Cumplimiento y REPSE

¿Qué es el REPSE? Guía completa 2026 (quién lo necesita y por qué)

17 min de lectura · Actualizada 04.07.2026 · Con fuentes oficiales

El REPSE es el Registro de Prestadoras de Servicios Especializados u Obras Especializadas, el padrón público que la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) creó tras la reforma en materia de subcontratación de abril de 2021. Si tu empresa contrata limpieza, mantenimiento, vigilancia o cualquier servicio que se presta con personal del proveedor dentro de tus instalaciones, el REPSE dejó de ser un trámite opcional y se convirtió en la línea que separa una contratación legal de una que te expone a responsabilidad solidaria y a facturas no deducibles.

Esta guía explica, sin rodeos legales, qué es el registro, quién está obligado a tenerlo, quién no, cómo verificarlo y qué pasa si contratas a alguien que no lo tiene. Si ya tienes un proveedor y quieres el paso a paso operativo de verificación, revisa cómo verificar el REPSE de un proveedor; si lo que buscas es entender el riesgo legal de fondo, la guía de responsabilidad solidaria (art. 15 LFT) lo desarrolla a detalle.

¿Qué es exactamente el REPSE?

Es un padrón público, administrado por la STPS, en el que se inscriben las personas físicas o morales que ofrecen servicios especializados u obras especializadas —es decir, servicios que no forman parte del objeto social ni de la actividad económica preponderante de la empresa que los contrata. La reforma de 2021 modificó los artículos 12 al 15 de la Ley Federal del Trabajo: prohibió la subcontratación de personal (poner trabajadores a disposición de un tercero sin más) y, al mismo tiempo, permitió los servicios y obras especializadas, siempre que el proveedor esté registrado en el REPSE.

En otras palabras: no puedes 'rentar' personal para que haga lo mismo que hacen tus propios empleados, pero sí puedes contratar a una empresa especializada en limpieza, mantenimiento o control de plagas para que preste ese servicio con su propio personal, siempre que esa empresa esté dada de alta en el registro. La diferencia exacta entre ambos esquemas —qué cuenta como subcontratación de personal prohibida y qué como servicio especializado permitido— se explica con ejemplos en outsourcing vs. servicios especializados: las diferencias.

Origen: la reforma de subcontratación de 2021

El REPSE no existía antes de 2021. Nació como pieza central de la reforma en materia de subcontratación laboral, publicada en el Diario Oficial de la Federación en abril de ese año, que modificó los artículos 12 a 15 de la Ley Federal del Trabajo. Antes de la reforma, era común que las empresas contrataran personal a través de esquemas de subcontratación sin mayor control: una empresa ponía trabajadores a disposición de otra, que los usaba como si fueran propios, sin que existiera un registro público que permitiera verificar quién estaba detrás de esa relación ni si cumplía con sus obligaciones laborales y fiscales. La reforma buscó cerrar ese vacío sin eliminar por completo la posibilidad de contratar servicios especializados, que en muchas industrias es una necesidad legítima y eficiente.

Qué cambió frente al esquema anterior de subcontratación

El cambio de fondo no fue prohibir que un tercero preste servicios con personal propio, sino prohibir hacerlo sin control ni registro. Antes de 2021, cualquier empresa podía ofrecerse como intermediaria de personal sin más requisito que un contrato mercantil. Después de la reforma, solo puede prestar servicios especializados con personal propio dentro de instalaciones ajenas quien esté inscrito en el REPSE para esa actividad específica. La diferencia parece sutil, pero es la que permite a una empresa contratante verificar, en minutos y de forma pública, si el proveedor que tiene enfrente opera dentro del marco legal o si está replicando, con otro nombre, el viejo esquema de subcontratación de personal que la ley ya no permite.

¿Quién está obligado a registrarse?

El criterio no depende del tamaño de la empresa ni del giro en abstracto, sino de una combinación de dos elementos: qué servicio presta y dónde lo presta.

Criterio del objeto social

Debe registrarse toda persona física o moral que preste servicios con trabajadores propios, cuando la actividad contratada no forma parte del objeto social ni de la actividad económica preponderante de la empresa que recibe el servicio. Una empresa de limpieza que manda personal a limpiar oficinas de un despacho contable necesita REPSE, porque limpiar no es la actividad del despacho. En cambio, si esa misma empresa de limpieza usara personal externo para limpiar sus propias oficinas administrativas, ese proveedor también necesitaría REPSE frente a la empresa de limpieza, porque para ella tampoco es su objeto social contratar limpieza para sí misma en ese contexto administrativo.

Criterio de personal en instalaciones ajenas

El segundo elemento es que el proveedor ponga trabajadores propios a laborar dentro de las instalaciones del cliente (o donde el cliente indique) bajo la dirección administrativa del proveedor, no del cliente. Si el servicio se presta sin personal —por ejemplo, la venta de un producto o un servicio prestado a distancia sin trabajadores en sitio— no aplica el REPSE porque no hay elemento de subcontratación laboral que regular.

Los dos criterios deben cumplirse juntos

Vale la pena insistir en un punto que genera confusión: los dos criterios —objeto social y personal en instalaciones ajenas— no son alternativas, sino que deben cumplirse ambos al mismo tiempo para que se active la obligación de REPSE. Un proveedor puede prestar un servicio ajeno al objeto social del cliente sin que aplique el REPSE, si no coloca personal propio en las instalaciones del cliente (por ejemplo, vende un equipo sin instalarlo con personal en sitio). Y, al revés, un proveedor puede tener personal trabajando en las instalaciones del cliente sin que aplique el REPSE, si esa actividad sí corresponde al objeto social de quien contrata (el ejemplo típico son ciertos esquemas de complementariedad entre empresas del mismo giro industrial, que se evalúan caso por caso). Cuando ambos elementos coinciden —actividad ajena al objeto social y personal propio en sitio— no hay duda: se necesita REPSE.

PreguntaQué revisarSeñal de alerta
¿El servicio corresponde al objeto social de mi empresa?Acta constitutiva y objeto social registradoEl proveedor asegura que 'no aplica' sin poder explicar por qué
¿El proveedor pone personal propio en mis instalaciones?Quién dirige, supervisa y paga la nómina del personal en sitioEl personal reporta, en los hechos, a un supervisor de tu empresa y no del proveedor
¿La actividad contratada coincide con la registrada en el REPSE?Descripción de actividad en el padrón de la STPSEl proveedor tiene folio, pero para una actividad distinta a la cotizada
¿El registro sigue vigente hoy?Fecha de vigencia mostrada en el padrónEl proveedor solo muestra un documento antiguo, no la consulta actual

¿Quién NO necesita registrarse?

  • Empresas que venden productos o materiales sin poner personal propio a laborar en las instalaciones del cliente.
  • Proveedores cuyo servicio SÍ corresponde al objeto social del cliente que contrata (por ejemplo, una maquiladora que contrata a otra empresa del mismo giro para un proceso que forma parte de su propia actividad, bajo las reglas específicas de complementariedad que aplican caso por caso).
  • Servicios prestados por un profesionista independiente sin trabajadores a su cargo (no hay subcontratación de personal porque no hay personal de por medio).
  • Contratos de obra que no implican colocar trabajadores bajo subordinación distinta a la del contratante, cuando no se actualiza el supuesto de servicio u obra especializada.

Advertencia legal: la frontera entre 'servicio especializado' y 'subcontratación de personal disfrazada' se revisa caso por caso. Si tienes dudas sobre un esquema específico, consulta a un abogado laboral o al portal de la STPS antes de firmar. Esta guía es orientación práctica, no asesoría legal.

¿Cómo se ve el registro? El folio

Cuando una empresa se registra correctamente, la STPS le asigna un folio de registro REPSE, un identificador único ligado a su RFC. Ese folio es lo primero que debes pedirle a cualquier proveedor antes de firmar: sin folio verificable, no hay registro real, sin importar lo que diga su publicidad o su propuesta comercial. El folio, junto con la razón social exacta y las actividades específicas autorizadas, es consultable en el padrón público de la STPS.

Un detalle que se pasa por alto con frecuencia: el registro no autoriza 'cualquier servicio' de forma genérica, sino actividades específicas que el proveedor declaró al inscribirse. Un proveedor registrado para 'mantenimiento de áreas verdes' no queda automáticamente autorizado para prestar 'limpieza de oficinas': hay que revisar que la actividad registrada coincida con el servicio que efectivamente vas a contratar. Este punto se explica con más detalle en cómo verificar el REPSE de un proveedor.

Qué más muestra el padrón además del folio

Además del folio, la consulta pública muestra datos que conviene revisar en conjunto: la razón social completa del proveedor, la fecha en que se otorgó o renovó el registro, su vigencia y el listado de actividades específicas autorizadas. Algunos de estos campos permiten detectar inconsistencias antes de firmar: por ejemplo, que la razón social registrada no coincida exactamente con la que aparecerá en la factura, o que el proveedor tenga un registro relativamente nuevo para una actividad que dice llevar años ofreciendo, lo cual no es ilegal por sí mismo, pero sí amerita una pregunta directa sobre cómo operaba antes de registrarse.

Renovación: cada 3 años

El registro REPSE no es permanente: tiene una vigencia de tres años, al cabo de los cuales el proveedor debe renovarlo ante la STPS. Un registro vencido equivale, en la práctica, a no tener registro: la empresa contratante pierde la protección legal que da contratar a un proveedor inscrito. Por eso no basta con verificar el REPSE una sola vez al iniciar la relación comercial; conviene revisar la vigencia de forma periódica, sobre todo en contratos de larga duración. El procedimiento de renovación en sí —qué documentos presenta el proveedor y en qué plazos— se explica en REPSE: cómo renovar el registro y cada cuánto.

Qué pasa mientras se tramita la renovación

Un registro no se renueva de un día para otro: el proveedor debe presentar su solicitud ante la STPS, y el trámite tarda. Mientras se resuelve, el estatus que muestra el padrón puede no ser un 'vigente' limpio, sino una indicación de trámite en proceso, que no es lo mismo que tener el registro vigente. Si el registro anterior ya venció y la renovación sigue en trámite, la empresa contratante debe evaluar el riesgo de continuar operando en ese periodo intermedio, igual que si el proveedor no tuviera registro. Pedir evidencia documental del trámite (acuse de recepción de la solicitud) es la manera de distinguir un caso de renovación en curso de un simple registro vencido sin gestión.

Consecuencias de contratar sin REPSE

ConsecuenciaFundamentoImpacto para tu empresa
Responsabilidad solidaria como patrónArt. 15 LFT y criterios derivados de la reforma de subcontrataciónPuedes terminar respondiendo por salarios, cuotas de seguridad social e indemnizaciones de trabajadores que no son tuyos.
Facturas no deducibles de ISRLegislación fiscal aplicable tras la reforma de subcontrataciónEl gasto que crees estar pagando en realidad te cuesta más, porque no lo puedes deducir de tu declaración.
IVA no acreditableLegislación fiscal aplicable tras la reforma de subcontrataciónPierdes el acreditamiento del impuesto trasladado en la factura del proveedor.
Multas administrativas a cargo del proveedorSanciones de la STPS por operar sin registro (rango en UMA)Indirecto: un proveedor multado o dado de baja del padrón deja de estar habilitado para seguir prestándote el servicio.
Exposición ante auditorías laborales y fiscalesFacultades de comprobación de STPS, IMSS y SATRevisiones, requerimientos de información y posibles créditos fiscales por deducciones rechazadas.

Las multas por operar sin el registro correspondiente van de 2,000 a 50,000 UMA (Unidad de Medida y Actualización); el valor exacto en pesos se actualiza cada año y puedes consultarlo con cifras oficiales en INEGI. No conviertas ese rango a pesos de memoria: cambia con el tiempo y el dato correcto siempre está en la fuente oficial. El desglose de cómo se determina la sanción dentro de ese rango está en multas REPSE: cuánto cuestan las sanciones.

¿Tu proveedor necesita REPSE? Tabla de escenarios

Escenario¿Necesita REPSE?Por qué
Empresa de limpieza manda personal propio a limpiar tus oficinasPersonal propio del proveedor, en tus instalaciones, en actividad que no es tu objeto social.
Empresa de mantenimiento hace visitas periódicas con técnicos propiosMismo criterio: personal ajeno operando dentro de tu instalación de forma recurrente.
Compras equipo de limpieza o refacciones sin instalación con personalNoEs una compraventa de producto, no hay personal prestando servicio en sitio.
Contratas un despacho contable externo que trabaja desde sus propias oficinasGeneralmente noNo hay personal del proveedor laborando dentro de tus instalaciones bajo la dinámica de servicio especializado.
Fumigación o control de plagas con técnicos del proveedor en tu plantaPersonal propio, en tus instalaciones, servicio ajeno a tu actividad principal.
Contratas a un solo profesionista independiente, sin empleados a su cargoNo aplica el supuesto de subcontrataciónNo hay trabajadores subordinados de por medio; el REPSE regula relaciones con personal.

Cómo verificarlo en la práctica

El padrón de la STPS es público y gratuito. Puedes buscar por razón social o por folio y confirmar: vigencia del registro, actividades específicas autorizadas y que el nombre coincida exactamente con el de la factura que te van a emitir. Si solo necesitas los pasos mecánicos de la consulta en el portal, revisa cómo consultar el padrón REPSE paso a paso; si quieres el proceso completo de verificación como comprador, con qué hacer si algo no cuadra, ve a cómo verificar el REPSE de un proveedor, paso a paso.

Preguntas que debes hacerle a tu proveedor

  • ¿Cuál es tu folio de registro REPSE y para qué actividades específicas está autorizado?
  • ¿Coincide la razón social de tu registro con la que aparecerá en la factura que me vas a emitir?
  • ¿Cuándo vence tu registro actual y tienes evidencia de la fecha de tu última renovación?
  • ¿Puedes compartirme tu opinión de cumplimiento vigente del SAT y del IMSS?
  • ¿Quién dirige y supervisa al personal que vas a asignar a mi servicio: tú o mi empresa?
  • Si tu registro está en trámite de renovación, ¿tienes el acuse de la solicitud presentada ante la STPS?
  • ¿El personal que vas a asignar está afiliado al IMSS bajo tu razón social, no bajo un tercero?
  • ¿Qué pasa contractualmente si tu registro vence o se cancela durante la vigencia de nuestro contrato?

Diferencias por región

El fondo del REPSE es el mismo en todo el país porque es un registro federal, pero la manera en que se aplica en la práctica varía según la madurez del mercado local de proveedores. En Ciudad de México y zonas metropolitanas grandes, la oferta de proveedores registrados es amplia y la competencia entre empresas formales tiende a ser más visible; en ciudades industriales como Monterrey o en la frontera —Tijuana y Ciudad Juárez— es común encontrar proveedores que atienden tanto a empresas mexicanas como a plantas maquiladoras, para las cuales el cumplimiento documental suele ser un requisito de auditoría del cliente extranjero, no solo una obligación legal mexicana. En ciudades medianas del Bajío, como Querétaro, y en plazas con menor densidad de proveedores especializados formales, conviene invertir más tiempo en la verificación, precisamente porque hay menos oferta y la tentación de aceptar al primer proveedor disponible —esté o no en regla— es mayor.

Errores comunes al gestionar el REPSE

"Si el proveedor es una empresa grande y conocida, seguro tiene REPSE"

El tamaño o la reputación no garantizan nada. Hay empresas grandes con registros vencidos o con actividades registradas que no corresponden al servicio que están vendiendo en un contrato específico. Verifica siempre el folio, no la reputación.

"El REPSE es un trámite del proveedor, a mí no me afecta"

Es justo al revés: la responsabilidad solidaria recae sobre quien contrata. Si tu proveedor no está en regla, el riesgo legal y fiscal es tuyo, no solo de él.

"Con la factura y el contrato es suficiente"

Un contrato bien redactado y una factura correcta no sustituyen la verificación del registro. De hecho, la factura debe indicar expresamente el número de registro REPSE del proveedor y el folio del contrato registrado ante la plataforma, cuando aplica; si no lo hace, es una señal de alerta.

"Una vez registrado, el proveedor queda cubierto para siempre"

El registro vence a los tres años. Un proveedor que estuvo en regla hace dos años puede estar vencido hoy si no renovó a tiempo.

"No revisar el REPSE de los subcontratistas de tu proveedor"

Si tu proveedor a su vez subcontrata parte del servicio a otra empresa (por ejemplo, un proveedor de mantenimiento integral que subcontrata la fumigación a un especialista), esa segunda empresa también necesita su propio REPSE para la actividad que realiza. Verificar solo al proveedor principal y no preguntar si hay subcontratistas involucrados deja un eslabón sin revisar en la misma cadena de responsabilidad.

"Confundir 'registro en trámite' con 'registro vigente'"

Como se explicó antes, un trámite de renovación en curso no ofrece la misma certeza que un registro vigente y activo. Tratar ambos estatus como equivalentes —porque 'ya lo están tramitando'— es un error común que deja a la empresa contratante sin la protección plena mientras se resuelve el trámite.

Ejemplo práctico

Una planta de 300 operadores en el Bajío

Una empresa manufacturera con 300 operadores en una planta del Bajío decide subcontratar la limpieza industrial de sus instalaciones y el mantenimiento de sus áreas comunes con dos proveedores distintos. El equipo de compras verifica el REPSE de ambos antes de firmar y encuentra que uno de ellos —el de mantenimiento— tiene folio vigente, pero registrado únicamente para 'mantenimiento de áreas verdes', mientras que el contrato que están por firmar incluye también mantenimiento eléctrico menor y plomería. En vez de asumir que el folio cubre 'lo que sea', el equipo de compras pide al proveedor que amplíe su registro ante la STPS para las actividades adicionales antes de firmar el contrato completo, y mientras tanto limita el alcance inicial a lo que sí está cubierto. Esta pausa de unas semanas evita que la planta quede expuesta a facturas no deducibles por actividades no amparadas por el registro.

Un corporativo de 2,500 m² en Monterrey

Un corporativo de oficinas de 2,500 m² en Monterrey contrata a una empresa de limpieza recomendada por otro inquilino del edificio. El área de administración del edificio pide el folio REPSE antes de autorizar el acceso del personal del proveedor a las instalaciones, como parte de su protocolo estándar de proveedores. Al verificar, encuentra que el registro está vigente y coincide en actividad y razón social. Sin embargo, nota que el contrato original que el proveedor había redactado no menciona el número de folio ni establece quién es responsable del pago de cuotas del IMSS del personal asignado. El corporativo pide agregar esas cláusulas antes de firmar, siguiendo el checklist contractual que describe la guía de responsabilidad solidaria, y solo entonces autoriza el ingreso del personal de limpieza al edificio.

Siguiente paso

Verificar folio, actividad registrada y vigencia de cada proveedor, uno por uno, consume tiempo que rara vez sobra — y es justo el filtro que aplicamos antes de mostrarte una propuesta: el directorio verificado solo incluye empresas con REPSE vigente para la actividad correcta, opinión de cumplimiento y documentación revisada. Si prefieres partir de ahí en vez de repetir la consulta al padrón con cada empresa que te contacta, puedes solicitar una cotización y recibir propuestas solo de proveedores que ya pasaron ese filtro.

¿El REPSE aplica a servicios de una sola vez o solo a contratos recurrentes?

Aplica siempre que se cumplan los criterios de personal propio en instalaciones ajenas y actividad fuera del objeto social del cliente, sin importar si el servicio es puntual o recurrente. Un servicio de fumigación de una sola visita, con técnicos del proveedor en tu planta, también cae dentro del supuesto.

¿Puedo pedirle el REPSE a un proveedor aunque no me lo haya mostrado él primero?

Sí, y deberías hacerlo como práctica estándar antes de firmar cualquier contrato de servicios de limpieza, mantenimiento o similares. Es información pública y cualquier proveedor serio lo comparte sin fricción.

¿Qué pasa si mi proveedor tenía REPSE al inicio del contrato pero lo dejó vencer?

A partir de ese momento operas en el mismo riesgo que si nunca hubiera estado registrado: responsabilidad solidaria y facturas no deducibles desde la fecha de vencimiento. Por eso conviene revisar la vigencia periódicamente, no solo al contratar.

¿El REPSE reemplaza la necesidad de revisar la opinión de cumplimiento del SAT y del IMSS?

No. Son verificaciones complementarias. El REPSE confirma que el proveedor está inscrito para prestar servicios especializados; la opinión de cumplimiento confirma que está al corriente con sus obligaciones fiscales y de seguridad social. Los tres puntos se revisan en conjunto, como explica la guía de verificación paso a paso.

¿Una empresa extranjera que opera en México necesita REPSE?

Si presta servicios especializados con personal propio dentro de instalaciones en territorio mexicano, sí queda sujeta al mismo marco: debe registrarse ante la STPS como cualquier otro proveedor que opere bajo esas condiciones.

¿El REPSE es lo mismo para servicios de limpieza que para servicios de mantenimiento o seguridad?

El marco legal es el mismo para cualquier servicio especializado, pero cada proveedor debe registrar la actividad específica que presta. Un proveedor de limpieza y uno de mantenimiento eléctrico, aunque ambos tengan REPSE, están autorizados para actividades distintas: no basta con que 'tengan REPSE' en abstracto, hay que confirmar que sea para el servicio que efectivamente vas a contratar.

¿Puedo exigirle a mi proveedor que amplíe su registro si empiezo a pedirle un servicio adicional?

Sí. Si la relación comercial crece y le empiezas a pedir actividades que no están en su registro original (por ejemplo, pasar de limpieza general a incluir fumigación), lo correcto es pedirle que tramite la ampliación de su REPSE para esa actividad antes de sumarla al contrato, no asumir que el registro existente ya la cubre.

Equipo editorial de ContrataBien

Guías revisadas contra fuentes oficiales (STPS, SAT, IMSS, DOF) y actualizadas al cambiar la normativa. Los rangos de costos son referencias aproximadas del mercado, no cotizaciones.

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